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Una medida para acabar con los inquilinos morosos.

El desahucio ‘exprés’, ¿una solución efectiva?

La ley del ‘desahucio exprés’ fue aprobada a finales de 2009. Con esta norma, el Gobierno ha querido reforzar la seguridad jurídica para que un mayor número de personas se sientan más protegidas legalmente y aumente la oferta de inmuebles en este mercado.

La nueva ley del ‘desahucio exprés’ aterrizó como un regalo de Navidad para los propietarios la pasada Nochebuena. Su objetivo es conseguir que los propietarios recuperen antes sus viviendas alquiladas a inquilinos que no pagan su mensualidad.

Con esta norma, el Gobierno ha querido reforzar la seguridad jurídica para que un mayor número de personas se sientan más protegidas legalmente y aumente la oferta de inmuebles en este mercado. El alquiler es una de las apuestas fuertes de la Ley de Economía Sostenible y el Ejecutivo quiere convertirla en un nuevo nicho de inversión que revitalice el sector inmobiliario. Por eso, su fomento social y económico es esencial.

Reducción de plazos

La medida más ‘ágil’ y polémica que se incluye en la nueva Ley de Fomento de Alquiler es que el desalojo pactado entre el propietario y el inquilino no podrá ser inferior a 15 días, lo que mejora sensiblemente las condiciones anteriores, ya que antes se podía tardar más de un año. Además, esta norma reduce de dos meses a un mes el plazo para que el casero pueda interponer la demanda por impago en los juzgados.

Desde el gabinete de abogados de F&J Martín, el jurista José Luis Monedero, aprueba la aplicación de esta medidas y argumenta que “no sólo cabe decir que son suficientes, sino que si estos plazos fueran inferiores, podríamos plantearnos si estamos garantizando los derechos de los inquilinos”.

Por otra parte, Isabel Moya, miembro del gabinete jurídico de la organización de defensa de los consumidores FACUA, también ve “positiva” esta nueva ley. Sin embargo, puntualiza que “habrá que ver si se cumple, ya que la falta de rapidez y los atascos de los juzgados hacen poco viable que funcione en la práctica”.

Justicia lenta

La tardanza de los procesos siempre ha sido el gran lastre del sistema judicial español, ya no sólo en la ejecución de los desalojos, sino en los demás ámbitos. Aunque se han elaborado muchas leyes para agilizar los procesos judiciales, éstos no han llegado a funcionar de forma efectiva. En este tema, todos los expertos coinciden en que el problema sigue residiendo en la falta de medios materiales y personales de los juzgados.

“Si los juzgados están colapsados, esta ley es papel mojado”, declara Luis Corral, consejero delegado de Foro Consultores. En este punto están de acuerdo casi todos los expertos. No obstante, Monedero señala que “las nuevas medidas simplifican los trámites, así que descargarán a los juzgados de trabajo”.

Un ejemplo entre miles

Uno de los grandes males del mercado del alquiler español es que los ciudadanos siguen sin fiarse de aplicación de las leyes y se sienten desprotegidos. M. R. V., un propietario que lleva más de 10 años alquilando, define sus experiencias con los inquilinos como «muchas y desagradables», aunque matiza que “también hemos tenido -y tenemos- inquilinos muy buenos”.

Manuel tiene un pequeño patrimonio de poco valor conjunto, pero heredado de su familia y que tiene “mucho valor sentimental”, por tanto, le fastidia más de lo habitual los destrozos e impagos de los inquilinos. Se acuerda de un caso de un inquilino concreto al que tardaron en desalojar dos años: “Me dejaron la vivienda sin grifería ni sanitarios y sin ningún electrodoméstico funcionando”. La reparación le costó cerca de 600.000 de las antiguas pesetas. Respeto a este nuevo reglamento, Manuel no confía en que solucione el problema, más bien porque desde su punto de vista “no es cuestión de leyes nuevas, si no de aplicar correctamente las que existen”.

Falta de confianza

Desde el gabinete de F&J Martín, opinan que lo más difícil para que despegue este mercado será aumentar la confianza de los propietarios. En cuanto a propuestas como un posible fondo público para pagar las deudas de los inquilinos insolventes o medidas de cárcel ante impagos para reforzar aún más el régimen de alquiler, Moya asegura que lo ve inconveniente e innecesario, ya que “el propietario está realizando una actividad lucrativa y ésta como todas entraña unos riesgos”. Como alternativa se pueden contratar seguros que muchas inmobiliarias ofrecen.

Para que el alquiler crezca en España y obtenga un peso importante dentro del mercado como en otros países europeos -donde se alcanza un 40% del mercado residencial-, aún quedan muchos aspectos que mejorar. Además, modificar la tendencia del español medio de comprar un vivienda en vez de alquilarla también va a ser difícil.

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