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¿Qué es el número de registro único de alquiler (NRUA)?
Si tienes un piso que alquilas por días o por semanas para sacar un dinero extra, desde el 1 de julio es obligatorio que esta vivienda tenga su propia “matrícula”. Algo así es lo que representa el número de registro único de alquiler (NRUA), un código identificativo que deben tener todos los alojamientos turísticos de corta duración en España.
¿Qué ley regula el NRUA?
El Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, es el punto de partida, pues estableció un sistema de regulación de los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración. España fue pionera en la Unión Europea, pues fue la primera que se hizo eco de esta norma.
Así, se dictó el Real Decreto 1312/2024 el 23 de diciembre de 2024, por el que se creó la Ventanilla Única Digital, que entró en vigor el pasado 2 de enero y cuyo organismo responsable es el Ministerio de Industria y Turismo. En esta ley se explica todo el procedimiento, dejando claro que el NRUA será necesario para anunciar alquileres de corta duración.
¿Cuándo entra en vigor?
Aunque desde enero contar con este identificador es de obligado cumplimiento, la ley estableció un periodo transitorio de seis meses, por lo que su cumplimiento es obligatorio desde el 1 de julio de 2025.
¿Para qué sirve el NRUA?
Este número es una una herramienta clave de control, transparencia y legalidad en un mercado donde, por desgracia, abundan las malas prácticas y los casos de fraude. Estas son las ventajas de este identificador único y exclusivo:
Un alojamiento de lo más legal
Es el modo más sencillo que demostrar que el inmueble cumple con los requisitos legales establecidos por cada comunidad autónoma, ya que estará inscrita correctamente en el registro autonómico público correspondiente.
Las plataformas, tus aliadas
Este control administrativo impacta también en las plataformas digitales que anuncian este tipo de alquileres, pues deben solicitar el NRUA a cualquiera que desee anunciar su alojamiento a través de ellas, mostrarlo de forma visible y retirar cualquier piso que no lo tenga. Si te anuncias en Airbnb, Booking o similares, tenlo en cuenta.
Toda la información en un mismo lugar
A efectos burocráticos es un gran avance, puesto que una base de datos centralizada servirá de única puerta de acceso para todos los niveles de la administración. Esto se traduce en una mayor eficiencia en la gestión tributaria, inspección y sanciones.
Contra la economía sumergida
Por ejemplo, se podrán cotejar ingresos declarados con la actividad turística real, controlar viviendas que evaden impuestos o no tributan, detectar usos indebidos de pisos destinados a residencia habitual que se utilizan como alojamiento vacacional, etc.
Una mejor experiencia turística
Ahora que los pisos turísticos van a tener una especie de DNI, para los viajeros que deseen uno de estos alojamientos será más fácil comprobar que la vivienda es real, legal y está registrada. De este modo, se evitan fraudes comunes como los anuncios falsos o los duplicados sin licencia.
¿Están obligadas todas las webs que publiquen anuncios de viviendas en alquiler a publicar solo las que tengan el NRUA?
No, no todas. La normativa dicta que únicamente están obligadas las plataformas digitales que permiten reservas online, esto es, aquellas que acompañan al usuario durante toda la operación, desde la búsqueda hasta la formalización del contrato, pasando por la transacción económica.
Portales como pisos.com, donde esta oferta únicamente se muestra al usuario y no existe ni motor de reserva ni pasarela de pagos, están exentos. No obstante, hemos añadido el campo del NRUA en los alquileres de corta estancia, para que se pueda completar y así para favorecer la transparencia, la tranquilidad y la confianza.
¿Cómo puedo saber si mi piso necesita el NRUA o no?
En principio, es fácil saber si tu piso necesita un NRUA o no. Basta con preguntarte cuántos días lo tienes alquilado. Para viviendas de uso turístico por días o semanas, está claro que el NRUA es obligatorio, siempre y cuando el periodo de alquiler dure menos de 31 días.
- Para estos alquileres es obligatorio: Si ya venías comercializando tu apartamento vacacional a través de alguna plataforma, seguro que ellas mismas te habrán avisado del cambio. De hecho, cualquier alojamiento que se gestione a través de ellas deberá contar con este identificador (habitaciones, casas rurales, barcos, etc.).
- Estos alquileres están exentos: Todos los hoteles, hostales, campings, apartahoteles, etc. se rigen por una normativa diferente, así que el NRUA no les afecta. Tampoco afecta a los alquileres de larga estancia regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos, ni tampoco a los alquileres de temporada, que se alquilan más de 31 días pero no llegan al año. En el momento en el que ese alquiler de temporada se enfoque al alojamiento vacacional (menos de 31 días), deberá tener un NRUA.
Tengo una vivienda de uso turístico. ¿Cómo obtengo el NRUA?
Imagina que tienes un piso turístico en la playa, pero vives en Madrid o en cualquier otra ciudad del interior. Aunque puedes acudir al registro de la propiedad que corresponda a la vivienda de la que quieras obtener el identificador, es más fácil hacerlo online.
Para hacer la solicitud telemática, deberás darte de alta como abonado al servicio de presentación telemática del Colegio de Registradores e identificarte por medio de certificado digital. A la hora de cumplimentar el formulario, te pedirán datos importantes como el Código Registral Único (CRU) y la referencia catastral, así que ten toda la documentación a mano.
En este vídeo te lo explican paso a paso:
¿Cuánto cuesta registrar mi vivienda turística?
Tal y como apuntan desde la web del Colegio de registradores, «la inscripción registral con emisión asociada de Número de Registro de Alquiler será facturada directamente al usuario por cada Registro que lo expida, siendo su coste de 27,05 euros por solicitud de código, impuestos y retenciones no incluidos».
¿Tengo que actualizarlo?
Una vez tengas el número definitivo, no tendrás que hacer nada más, dado que su duración es indefinida. Sin embargo, que no tenga una fecha de caducidad específica, no significa que no pueda revocarse, dado que las condiciones del alojamiento pueden cambiar. Esto implicaría actualizar los datos que consten en el registro. Y si, por ejemplo, vendes la vivienda y, por tanto, das de baja tu actividad como arrendador turístico, también debes revocar el NRUA.
¿Es posible que me denieguen el NRUA?
Sí, es posible. Y sin un NRUA asignado es imposible anunciarse legalmente en ninguna plataforma. El registro correspondiente puede denegártelo si tu alojamiento no cumple determinados requisitos. Es altamente recomendable aclarar cualquier problema que haya podido surgir durante la asignación del identificador, por si hubiera habido algún error. En ocasiones ocurre que la vivienda pertenece a una comunidad de propietarios donde está prohibido expresamente la explotación turística de las viviendas.
¿A qué sanciones me enfrento si mi vivienda no tiene NRUA?
No hay un régimen sancionador creado por y para castigar el incumplimiento de la normativa, al menos, por ahora. Eso significa que las sanciones dependen de la comunidad autónoma, así que es difícil saber la cuantía exacta de las mismas, por lo que se maneja una horquilla muy amplia de entre 2.000 y 500.000 euros.