recuperar mi casa en alquiler

¿Podré recuperar mi casa en alquiler ahora que termina la moratoria de desahucios?

Fue en plena pandemia cuando desde el Gobierno se tomó la decisión extraordinaria de intervenir en el mercado de los alquiler aprobando la suspensión de desahucios y lanzamientos por impago de alquiler para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. Esta medida también fue tomada por otros países de nuestro entorno, pero mientras que en la mayoría de ellos se planteó de forma excepcional y se ha ido retirando, en España se fue prorrogando en sucesivas normas como parte del denominado escudo social. Sin embargo, la moratoria cayó el pasado 31 de diciembre de 2025. Muchos caseros se preguntan su podrán recuperar su casa en alquiler y las rentas impagadas.

«¿Podré recuperar mi casa en alquiler?» Es la pregunta que muchos afectados por la moratoria de desahucios se hacen ahora que ha caído esta medida que nació en plena pandemia

Hay que recordar que el objetivo de la moratoria fue el de evitar que familias en riesgo de exclusión quedaran sin hogar, obligando a los jueces a suspender las órdenes de lanzamiento hasta que dicho umbral se acreditara y se ofreciera una alternativa. Sin embargo, en muchos casos esta protección impulsó el número de inquiocupaciones, además de la inseguridad jurídica y reducir la oferta de viviendas en alquiler ante la posibilidad de no poder recuperar la propiedad.

Si bien es cierto que la normativa vinculada al escudo social estableció el derecho de los propietarios a solicitar una compensación económica por los alquileres dejados de percibir durante las suspensiones, el cálculo de la misma no se igualaba al de la renta en vigor, puesto que está limitada por al tope del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI) o los que maneje la propia comunidad autónoma.

La oposición critica que el decreto ómnibus mezcla medidas necesarias como la revalorización de la pensiones con una moratoria de desahucios que alimenta la inquiocupación

El pasado mes de diciembre, el Gobierno aprobó el llamado decreto ómnibus, un Real Decreto-ley en el que se jugaba la revalorización de las pensiones, pero también la ampliación de la moratoria de desahucios hasta finales de 2026 y la extensión del plazo para reclamar compensaciones hasta febrero de 2027. Sin embargo, el 27 de enero de 2026 el Congreso de los Diputados no convalidó ese decreto, con 178 votos en contra, 171 a favor y 0 abstenciones. Los partidos que votaron en contra, en ellos PP, Vox y Junts, exigieron separar las medidas y criticaron que la extensión de forma estructural de una moratoria que se suponía coyuntural.

El resultado fue que la prórroga automática de la suspensión de desahucios quedó sin efecto al vencer la vigencia anterior el último día del año pasado. Igualmente, el plazo para pedir la compensación por los impagos terminó el pasado 2 de febrero. Por ejemplo, en Cataluña, la Generalitat ha pagado ocho millones de euros a los propietarios de viviendas con desahucios suspendidos entre 2021 y 2025, con el reconocimiento de 553 compensaciones, muy por debajo de las 2.560 solicitudes de compensación presentadas en estos cinco años.

Recuperar una vivienda tras el fin de moratoria no será automático. Los juzgados están saturados, y la reactivación de los procesos paralizados alargará los plazos para el lanzamiento

Ahora que la moratoria ya no tiene efecto es muy probable que los desahucios paralizados se retomen judicialmente. Diversas fuentes hablan de entre 60.000 y 70.000 procedimientos que quedaron varados y ahora se pondrán de nuevo en marcha. No obstante, teniendo en cuenta el nivel de saturación que viven los juzgados españoles, la recuperación de la vivienda no será algo que ocurra de la noche a la mañana.

Para empezar, como particular que alquila una vivienda en esta situación, el proceso del levantamiento de la suspensión comenzará con un plazo de dos meses para que los servicios sociales busquen una alternativa. Si no consigue, se dictará una fecha para el lanzamiento, pero en ningún caso se podrá disponer de la vivienda en un plazo menor a entre cuatro o seis meses. Con los grandes tenedores, los plazos se alargan sensiblemente, dado que es obligatorio llevar a cabo un procedimiento de conciliación o mediación.

Los propietarios de una vivienda en alquiler quedarán exentos de asumir la carga de ofrecer una alternativa habitacional a personas en situación de vulnerabilidad y recuperarán su casa

El Gobierno está tratando de sacar adelante su propuesta, esta vez, separando los conceptos: pensiones por un lado y moratoria antidesahucios por otro. De hecho, está en conversación con los grupos políticos para incluir excepciones. En este sentido, con el PNV se ha llegado a un acuerdo para que los propietarios que solo tengan una vivienda en alquiler y cuyos inquilinos no paguen la renta puedan recuperar su casa. De este modo, estos propietarios estarán exentos de asumir la carga de ofrecer una alternativa habitacional a personas en situación de vulnerabilidad.

En cualquier caso, han sido muchos los propietarios que decidieron recuperar su vivienda por la vía del pago a sus ocupantes, y así evitar un largo proceso en los juzgados. La Asociación de propietarios de Viviendas en Alquiler (Asval), por ejemplo, sostiene que el 80% de las viviendas recuperadas en 2024 fueron a través de acuerdos extrajudiciales, es decir, pagando al inquilino moroso para que se fuera.

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