La aplicación de la deducción por residencia habitual puede reiniciarse tras una movilidad laboral. Para ello la vivienda debe adquirir, de nuevo, dicha consideración, según la Dirección General de Tributos (DGT). Para que una vivienda sea considerada habitual deben confirmarse una serie de requisitos.
Entre ellos destaca que el inmueble sea utilizado de manera efectiva y con carácter permanente por el contribuyente durante un plazo de al menos tres años. De igual modo hay que tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2013 se suprime, con carácter general, la aplicación de esta deducción, aunque se ha regulado un régimen transitorio.