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Una propuesta de subastas transparentes, seguras y garantistas

Mayte Rodríguez
directora del departamento jurídico de Subastasprocuradores.com

Desde la aprobación de la Ley 19/2015 de 13 de julio, que fijó un antes y un después en las subastas electrónicas judiciales cuando entró en vigor una reforma legislativa por la que se implantó la subasta electrónica y todas las subastas judiciales dejaron de ser presenciales para celebrarse a través de Internet, se ha producido un importante cambio en la forma de actuar a la hora de enajenar un bien.

En cualquier momento y desde cualquier lugar y con solo tener a mano un ordenador, podemos participar en la puja y adquirir ese bien en el que estamos interesados y a un precio muy acorde con el mercado, lo que sin duda supone la mayor ventaja desde el cambio de normativa de subastas.

Participar en una subasta electrónica es sencillo, es necesario estar registrado mediante un certificado digital o bien de forma manual, previa validación de la documentación y constituir un depósito que será reintegrado en caso de no ser adjudicatario del bien que se haya subastado.

A través de una ficha individualizada de cada bien, el participante en una subasta puede conocer las características y las condiciones por las que se rige el proceso de venta o subasta. También se publican fotografías del inmueble, junto a su ubicación, pudiéndose organizar en muchas ocasiones jornadas de puertas abiertas para conocer en profundidad el estado del bien, de forma que el usuario pueda realizar una oferta o puja con una visión real del activo que se subasta.

En cualquier momento y desde cualquier lugar y con solo tener a mano un ordenador, podemos participar en la puja

La flexibilidad es otro valor competitivo de las subastas electrónicas que permite llevar a cabo desde ejecuciones hipotecarias, a ejecuciones de títulos judiciales y no judiciales, división de cosa común, así como procesos concursales, penales, laborales, administrativos o ventas de particulares, estableciéndose unas condiciones específicas diferentes y adaptadas al tipo de procedimiento que se lleve a cabo.

Todo ello además se realiza con el amparo de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que equipara la subasta electrónica a la subasta judicial, dotándola de las mismas garantías procesales, aportando la transparencia, profesionalidad, la seguridad y la tecnología que esta actividad requiere.

El usuario de una subasta electrónica conoce desde el primer momento las fechas de inicio de la venta o subasta, su duración y su día de finalización de manera que no se produzcan sorpresas inesperadas, lo que sin duda ha elevado el número de participantes en este tipo de subastas.

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